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Veintiocho infraestructuras de artes escénicas y musicales se beneficiarán de las ayudas para modernización con fondos NextGeneration UE

Imagen de archivo del coliseo andaluz

Estas ayudas, que han contado con una dotación presupuestaria de 2.031.597 euros, tienen por objeto la financiación de proyectos de inversión para la modernización y gestión sostenible de las infraestructuras de los espacios escénicos de Andalucía que tengan una programación continuada en cuanto a la exhibición de espectáculos de artes escénicas, música y flamenco como teatros, salas de teatro, auditorios, carpas de circo, salas de música en directo, salas de ensayo y otros espacios destinados a este fin. La cuantía máxima será de 180.000 euros siempre que no supere el 80% del presupuesto subvencionable, que no podrá ser inferior a 20.000 euros. En la convocatoria de 2021, que ascendía a 2.793.446 euros, se concedieron 44 ayudas de 205 solicitudes presentadas.

Concretamente, estas ayudas se destinan a la digitalización y modernización de los sistemas de audio y comunicaciones en red, de los sistemas de iluminación digitales, de los sistemas de video digitales, modernización de gestión digital de maquinaria escénica, así como de las herramientas y sistemas digitales de gestión artística y de producción de espectáculos en los recintos escénicos y musicales.

El Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia se configura a nivel Unión Europea al objeto de mitigar los impactos de la pandemia Covid-19 y al mismo tiempo trasformar la sociedad, modernizando el tejido productivo, impulsando políticas de optimización medioambiental, fomentando la digitalización y mejorando los recursos destinados a investigación y formación.

Los beneficiarios de esta convocatoria son personas físicas o jurídicas, públicas y privadas, asociaciones sin ánimo de lucro o fundaciones de carácter privado o público dependientes de entidades locales, autonómicas o estatales, que tengan domicilio fiscal o establecimiento permanente en Andalucía. De conformidad con la normativa estatal de referencia, en ningún caso podrán obtener la condición de beneficiarios las propias entidades autonómicas convocantes, pero sí las fundaciones u organismos públicos dependientes de las mismas con personalidad jurídica propia.

 

 

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